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lunes, 3 de junio de 2013

Ya es obligatorio el certificado de eficiencia energética de las viviendas

Desde el día 1 de junio de 2013 los propietarios de viviendas en venta o en alquiler deberán contar con un certificado de eficiencia energética que indique el consumo de energía del inmueble. Los propietarios que comercialicen sus casas sin esta etiqueta energética podrán ser multados con hasta 6.000 euros, según lo dispuesto en el Real Decreto de Certificación Energética aprobado por el Ejecutivo.

El certificado de eficiencia energética, además de la calificación energética del edificio o vivienda, debe incluir información objetiva sobre las características energéticas de los inmuebles, y, en el caso de edificios existentes, un documento de recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética del edificio o vivienda, de forma que se pueda valorar y comparar con otros inmuebles.
 
Esta nueva normativa de eficiencia energética forma parte de un paquete de medidas aprobadas en abril por el Gobierno, relativas al apoyo a la vivienda y a la rehabilitación, y tiene como objeto trasponer a la legislación española la directiva comunitaria de certificación de eficiencia energética de los edificios.

El Gobierno aprobó el 5 de abril el Real Decreto de Certificación Energética que establecía la obligatoriedad de este certificado energético y más tarde, el Partido Popular introdujo vía enmienda en el proyecto de Ley de Rehabilitación un listado de sanciones de certificación energética que van desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.

Según este proyecto, se entenderá por falta leve el no citar la clasificación energética en la oferta de la vivienda o incumplir la normativa relativa a su renovación; será grave cuando no se presente el certificado energético para su registro en la Comunidad de Madrid o cuando no se entregue al comprador o al inquilino; y, finalmente, se considerará muy grave no contar con el certificado energético o haber falseado la información para obtenerlo.

La enmienda del proyecto contempla también sanciones en materia de certificación energética superiores a los 6.000 euros "en los casos en que el beneficio que el infractor haya obtenido por la comisión de la infracción fuese superior al importe de las sanciones en cada caso señaladas", en cuyo caso "la sanción se impondrá por un importe equivalente al del beneficio obtenido".

Como herramienta para la emisión de los certificados energéticos, el IDEA ha elaborado los programas informáticos de tasación energética CE3 y CE3X, ambos a disposición de los técnicos certificadores. Este organismo también se ha encargado de llevar a cabo un plan de formación para instruir a los técnicos responsables de certificar energéticamente los edificios y de los encargados de su control e inspección.
 
Solicite ya su certificado energético en nuestra nueva web de certificados energéticos: www.certificacioneficienciaenergeticamadrid.com

viernes, 31 de mayo de 2013

La Comunidad de Madrid creará un registro de certificados energéticos

A partir del día 1 de junio, quien quiera vender o alquilar su vivienda deberá contar con un certificado de eficiencia energética. Un nuevo nicho de negocio para arquitectos e ingenieros, únicos cualificados para emitir las tasaciones energéticas, y una fuente adicional de ingresos para la Administración.

Según informa El Confidencial, tan sólo unas horas de su entrada en vigor, son muchos los propietarios de un inmueble que ya cuentan con su certificado energético, pero desconocen dónde deben registrarlo para poder completar todo el proceso.
 
El Real Decreto de Certificación Energética que regula la obligatoriedad de disponer de estos certificados energéticos ha traspasado las competencias de su registro a las Comunidades Autónomas. Además del precio que los propietarios deberán abonar a los profesionales expertos en certificación energética, en torno a 200 euros para pisos y 400 para viviendas unifamiliares, tendrán que pagar una tasa adicional por registrarlos, diferente en cada Comunidad Autónoma.

Según se ha sabido, la Comunidad de Madrid aplicará las tasas más elevadas. Casi 40 euros (39,60 euros) para los certificados energéticos en Madrid, mientras que en Valencia, las tasas serán de entre 20 y 25 euros por certificado. En otras comunidades las tasas bajan considerablemente. Así, por ejemplo, en Baleares se pagarán  4,78 euros, en Castilla-La Mancha 3 euros y alrededor de 12 euros en Galicia, donde dependerá de la superficie del inmueble. Canarias, Navarra, Cantabria, Asturias, La Rioja o País Vasco no aplicarán tasa alguna. El resto de regiones aún no han definido el coste del registro energético.

No contar con el certificado de eficiencia energética puede acarrear importantes sanciones a los propietarios de los inmuebles, con multas por no tener el certificado energético entre 300 y 6.000 euros. No obstante, para ello es necesario que existan los técnicos cualificados para sancionar y en muchas comunidades autónomas todavía no cuentan con ellos.

La obligatoriedad de contar con la calificación de eficiencia energética para poder anunciar la venta o alquiler de un inmueble se ha echado encima de las administraciones regionales, a quienes el Gobierno ha transferido las competencias de la clasificación de eficiencia energética. A ellas corresponde el registro de certificados energéticos y también formar el equipo técnico y sancionador encargado del control técnico y administrativo de las certificaciones energéticas y la obligación de aplicar las sanciones correspondientes.

Ya son cinco las comunidades con su
registro de certificados energéticos habilitado: Castilla-La Mancha, Asturias, Murcia, Baleares y Canarias. Canarias dispone de un registro habilitado para que los técnicos certificadores energéticos puedan registrar cada certificado de eficiencia energética on-line. Al hacerlo obtendrán, además del certificado sellado, la etiqueta energética oficial que mostrar en los anuncios de venta o alquiler del inmueble.

En Murcia y Castilla La Mancha también se pueden registrar los certificados energéticos on-line, dando también la opción de registro presencial. En Baleares y Asturias, de momento el registro es presencial y en Cantabria también deberá registrarse físicamente.
Otras comunidades habilitarán su registro de certificados de eficiencia energética el día 1 de junio: Madrid, Cataluña, Castilla y León, Navarra y La Rioja, todas ellas de modo telemático.

Todavía habrá que esperar en el resto de comunidades, como Andalucía, Aragón y Extremadura, que están a la espera de la publicación normativa propia en sus boletines oficiales. En Galicia y País Vasco es sólo cuestión de tiempo que se habiliten sus registros ya regulados, mientras que en Valencia el sistema podría estar en marcha en menos de un mes.


Certificados energéticos Madrid | Certificación energética Madrid | Tasaciones energéticas | Etiquetas energéticas Madrid | Clasificación energética Madrid | Calificación energética Madrid

viernes, 24 de mayo de 2013

Así es la etiqueta de eficiencia energética de las viviendas

Os mostramos cómo es la etiqueta de eficiencia energética oficial que debe aparecer en el certificado energético obligatorio a partir del próximo 1 de junio para todos los propietarios que deseen alquilar o vender su vivienda.

1) La etiqueta de eficiencia energética de edificios en territorio español se ajustará al contenido de la siguiente figura:


2) Se tendrá en cuenta las siguientes precisiones:

I. La etiqueta energética medirá al menos 190 mm de ancho y 270 mm de alto. Cuando se imprima en un formato mayor, su contenido deberá mantener las proporciones de las citadas especificaciones.

II. El fondo será blanco.

III. los colores serán CMYK (cian, magenta, amarillo y negro) con arreglo al ejemplo siguiente: 00-70-X-00: Cian 0 %, magenta 70 %, amarillo 100 %, negro 0 %.

IV. Serán válidas todas las lenguas oficiales del estado español.

V. La etiqueta cumplirá todos los requisitos siguientes (los números se refieren a la figura anterior):

1. Reborde de la etiqueta: trazo 2 mm en bordes izquierdo, superior y derecho; y trazo de 4 mm en el borde inferior - color: para edificios terminados: verde 85-15-95-30; y para proyectos: naranja 10-65-100-10.

2. Esquina de la etiqueta: chaflán de 20 mm – 20 mm - color: para edificios terminados: verde 85-15-95-30; y para proyectos: naranja 10-65-100-10.

3. Borde inferior de la etiqueta: trazo 4 mm en borde inferior.

4. Cabecera de la etiqueta:

5. Título de la etiqueta: ancho: 180 mm – alto: 20 mm – fondo: 00-00-00-00.

a. 1ª línea: “calificación energética” fuente: helvética condensed heavy 24 pt.

b. 2ª línea: “del edificio terminado” o “del proyecto” fuente: helvética condensed medium 24 pt.

c. Color: para edificios terminados: verde 85-15-95-30; y para proyectos: naranja 10-65-100-10.

6. Código bidi: ancho: 18 mm – alto: 18 mm.

a. Título “etiqueta” fuente: helvética condensed thin 24 pt. color: para edificios terminados: verde 85-15-95-30; y para proyectos: naranja 10-65-100-10.

7. Datos del edificio:

a. Área rectangular: ancho: 180 mm – alto: 50 mm – esquinas redondeadas con radio: 4 mm – color: 00-00-00-10.

b. Título “datos del edificio” fuente: helvética condensed roman 13 pt – color: 00-00-00-X.

c. Texto descriptivo de las casillas de formulario: fuente: helvética condensed thin 13 pt – color: 00-00-00-55.

d. Casillas de formulario: ancho: variable – alto: 17 a 7 mm – color: 00-00-00-00.

e. Texto a introducir en las casillas de formulario: fuente: arial normal 9-13 pt – color: 00-00-00-X.

8. Escala de la calificación energética: ancho: 180 mm – alto: 135 mm – esquinas redondeadas con radio: 4 mm – color: 00-00-00-10.

a. Título “escala de la calificación energética” fuente: helvética condensed heavy 13 pt – color: 00-00-00-X.

b. Texto descriptivo de las casillas de formulario: fuente: helvética condensed thin 13 pt – color: 00-00-00-55

9. Escala de clasificación energética de la A (más eficiente) a la G (menos eficiente):

a. Flecha: ancho: para clase a 45 mm – para clase g 90 mm - alto: 14 mm - espacio: 3 mm – colores: Clase A: 85-15-95-30. −Clase B: 80-00-X-00. −Clase C: 45-00-X-00. −Clase D: 10-00-95-00. −Clase E: 05-30-X-00. −Clase F: 10-65-X-00. −Clase G: 05-95-95-00.

b. Texto “A” – “G”: fuente: helvética rounded condensed bold 35 pt – color: 00-00-00-00.

c. Texto “más eficiente”, “menos eficiente”: fuente: helvética condensed medium 15 pt – color: 00-00-00-00.

10. Calificación energética:

a. Flecha: ancho: 30 mm - alto: 15 mm - colores: 00-00-00-X.

b. Valor: fuente: helvética rounded condensed bold 45 pt – color: 00-00-00-00.

11. Registro:

a. Área rectangular: ancho: 180 mm – alto: 30 mm – esquinas redondeadas con radio: 4 mm – color: 00-00-00-10.

b. Título “registro” fuente: helvética condensed roman 13 pt – color: 00-00-00-X.

c. Texto descriptivo de las casillas de formulario: fuente: helvética condensed thin 13 pt – color: 00-00-00-55.

d. Casillas de formulario: ancho: variable – alto: 17 a 7 mm – color: 00-00-00-00.

e. Texto a introducir en las casillas de formulario: fuente: arial normal 9-13 pt – color: 00-00-00-X.

12. Pie de etiqueta: ancho: 180 mm – alto: 20 mm – fondo: 00-00-00-00.

a. Texto “España”: fuente: helvética condensed roman 13 pt – color: 00-00-00-X.

b. Texto “directiva 2010/31/ue”: fuente: helvética condensed thin 13 pt – color: 00-00-00-55.

13. Logotipo de la Unión Europea: ancho: 14 mm – alto: 10 mm.


3) Escala de calificación de eficiencia energética para edificios destinados a vivienda.

Los edificios de viviendas regulados por este procedimiento básico se clasificarán energéticamente de acuerdo con la tabla I, tanto si corresponde a viviendas unifamiliares como en edificio de vivienda plurifamiliar:






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